martes, 23 de junio de 2009

Utilización de la Convención de Ginebra como argumento de expulsión de refugiados

The utilisation of the Convention as an argument of rejecting refugees

Carla Petautschnig Arancibia
Trabajadora Social
reasentamiento@iglesia.cl

“For as the world sinks deeper into economic recession,
borders are closing, jobs are disappearing
and life is becoming harder for refugees and migrants everywhere.
As people become fearful for their own futures,
the stranger becomes the target of anger and resentment”.

Mientras en Chile, la preocupación del ACNUR (UNHCR) y sus socios continua siendo la integración de los refugiados a la vida del país, en el resto del planeta el foco continua siendo el de la protección a solicitantes de asilo y refugiados. Esto, si miramos lo que ocurre en África, Asia y Europa. Sobre este último continente señalaremos algunas notas a la luz de la actualidad reciente.

La existencia de leyes nacionales en los países europeos y, sobre todo, la de un marco regulatorio general de la EU genera restricciones a la llegada y permanencia de refugiados a territorio europeo emanadas de las normas, que muchas veces riñen el espíritu de la Convención de 1951. Si bien en Chile la inexistencia de una ley de asilo provoca vacíos de protección social a los refugiados que también se riñen con el espíritu de la Convención, podría señalarse que los efectos que las leyes de asilo traen consigo son restricciones más agudas y, en muchos casos, la absorción degenerativa de la Convención dentro de leyes locales de migración y asilo.

Algunos estados se preparan para empequeñecer los ya limitados derechos al asilo contemplados en la legislación internacional. En 1951 la Convención de Ginebra emergió como la primera declaración coherente sobre refugiados. Esta definió a los refugiados en muy estrictos términos: refugio, el status formal asociado con la migración forzada, fue reducida a una sola definición legal, como expresión de las prioridades de los gobiernos de occidente en ese entonces profundamente involucrados en las implicancias ideológicas de la guerra fría. La Convención estableció a los refugiados solo como víctimas de específicas formas de persecución política pero prontamente estuvo claro que esta no contemplaba el principal fenómeno productor de la migración forzada alrededor del mundo.

La Convención fue modificada por acuerdos regionales los cuales reconocieron a “refugiados de facto”. El más significativo de estos acuerdos fue el establecido por la actual Unión Africana que reconoció el derecho de asilo a todos aquellos desplazados por la guerra, ocupación y “eventos que seriamente quebraran con el orden público”, entre muchas múltiples causas de desplazamiento. Incluso estas aproximaciones más liberales, sin embargo, se probaron equivocadas en un mundo en el cual cientos de millones de personas han sido desplazados.

Tal como el UNHCR ha observado, las personas huyen por formas específicas de persecución pero también porque sus circunstancias de vida les hacen imposible permanecer: por lo tanto los refugiados incluyen aquellos que huyen condiciones de extrema pobreza asociadas a marginalidad y prejuicios (UNHCR 1995).

Desde que estos comentarios fueron hechos en la mitad de los años 90, la situación de millones de personas en regiones vulnerables ha empeorado, forzando a más personas a huir como medio de sobrevivencia. La respuesta de los gobiernos de las regiones vistas como de asilo ha sido la de interpretar la Convención más limitadamente. En 1995 UNHCR notó que lo que una vez fue definido por los países de asilo como un flujo de refugiados es redefinido como un movimiento de migrantes económicos. La distinción refugiado/migrante es sujeto de cambiantes interpretaciones en los países de asilo. Esta práctica se ha vuelto más y más general, de manera que aquellos que hoy solicitan asilo en países europeos son generalmente asumidos como ilegítimos de él.

Aun con la displicencia con que los estados europeos miran a la Convención, no pueden todavía borrar del todo el hecho que ésta nació en Europa tiñéndose en todos sus párrafos del espíritu occidental europeo de la ley y los derechos del hombre (según el lenguaje acuñado en ese entonces). De esta manera, la idea misma de asilo y refugiados ha sido una idea “impuesta” (tal como el Derecho) en territorios en donde la lógica de derechos humanos continua sonando ajena y contradictoria. Después de todo, la gran mayoría de los conflictos bélicos en África, por referirnos a este caso, han sido ocasionados en mayor o menor grado como consecuencia del colonialismo europeo y el desbaratamiento de las organizaciones locales de agrupamiento y administración socio-territorial. Y así también, han sido los organismos europeos, y no otros, los que han ido a instalarse a territorio africano para administrar las crisis humanitarias producidas por los dramas humanos de persecuciones y desplazamientos masivos, para desde ahí transmitir al mundo entero su deber de “hacerse cargo” de la parte que les toca. Por otra parte, las crisis alimentarias, y hoy ecológicas, que ocurren en África, son también una de las primeras consecuencias del modelo económico que tiene como basurero a los continentes más pobres.

Estados que fueron autores de la Convención de 1951 están hoy tratando de rescribirla. Los principios claves reconocidos en la Convención deben ser apoyados en contra de este ataque. La única respuesta satisfactoria para aquellos que experimentan desplazamiento es una política de bordes abiertos, pero hasta ese momento llega es necesario adscribir a los principios que están a la base de los derechos de asilo y son reconocidos en parte de la Convención: que personas desplazadas tienen una buena razón para buscar protección.

Los estados occidentales excluyen a la mayoría de los solicitantes de asilo porque les atribuyen falta de autenticidad: su solicitud de asilo no satisfacen la definición de lo que es un refugiado. Entonces, ¿Quién es un refugiado? “crecientemente, ambos, refugiados y migrantes económicos son constructos ideales que raramente se encuentran en la vida real; muchos entre aquellos que frecuentemente cumplen la definición de refugiados están claramente huyendo de opresión política y desventajas económicas al mismo tiempo” (Papademitriou).

No existe un refugiado “puro” que puede ser distinguido de los, así considerados por funcionarios y legisladores, “oportunistas” que se asumen son la mayoría que solicitan asilo en los países europeos hoy en día. En la actualidad, los movimientos globales de migración se han vuelto tan complejos que “distinciones simples” entre refugiados y otros migrantes tienen menos y menos sentido. Es bueno no olvidar que la categoría de refugiado siempre ha sido mutable, el término ha sido redefinido por políticos y funcionarios. Sus aproximaciones han sido siempre contingentes: el resultado de cálculos como el valor y/o aceptabilidad de aquellos, su relación con la estabilidad del estado, y la necesidad de enfatizar ideas nacionalistas que puedan servir para políticas de inclusión o exclusión, el refugiado oficial ha sido definido y redefinido por estados y grupos políticos de interés a favor de propósitos coyunturales.

Libia en Europa: Contradicciones y paradojas del derecho humanitario

Entre el 7 y el 10 de mayo de este año 2009, más de 500 migrantes incluyendo mujeres embarazadas y niños, fueron interceptados por la policía costera italiana y devuelta por la fuerza a Libia, sin siquiera antes evaluar la necesidad de protección de estas personas
[1]. No hubo consideración en este, ni en el centenar de otros casos registrados, respecto a la posibilidad de que quienes son devueltos se exponen a graves violaciones a los DD.HH, incluso la posibilidad de muerte en su país de origen. Sin reproche para los europeos, africanos son devueltos a las mismas manos de sus perseguidores y, no menos serio, a las situaciones de grave pobreza y enfermedad sin remedio.

[1] Según la prensa italiana, los sobrevivientes fueron alojados en centros especiales en las ciudades de Trípoli y Grabouli y relataron que habían pagado a traficantes varios cientos de dólares por persona por un pasaje a la isla italiana de Lampedusa. Entre los ocupantes había egipcios, eritreos, etíopes, somalíes, sirios y tunecinos.

Un grupo de personas del mismo país contó que habían llegado a Trípoli dos meses antes en avión y que aguardaron una oportunidad para emprender la peligrosa travesía. Un grupo de somalíes contó que había llegado a Libia desde Sudán y Chad tras huir del país azotado por el conflicto.

Hace unos días la comunidad europea ha solicitado a Libia[1] hacerse parte de la Convención de 1951, de manera que se haga cargo de quienes llegan a su territorio con la idea de cruzar hasta territorio europeo, evitando así este desplazamiento. ¿Puede Europa endorsar su responsabilidad de protección a los refugiados a los países más pobres del planeta que producen refugiados justamente como consecuencia de la ocupación colonial europea en sus territorios? La ECRE (European Council of Refugees and Exiles) ha enfatizado consistentemente que la obligación de los estados miembros de la UE por la protección de los refugiados y los DD.HH universales no cesa fuera de sus fronteras, como borde físico. Esta responsabilidad no es solo moral y política, sino también legal. Los estados europeos miembros no pueden abdicar sus principios, valores y compromisos, haciendo fuera de sus fronteras lo que no sería permitido dentro de sus propios territorios. Como señala la ECRE “the obligation of non-refoulement, which prohibits returning refugees to countries where they may face persecution, does not arise only when a refugee is within or at the borders of a state but also when a refugee is under its effective or de facto jurisdiction outside its territory, including in international waters as well as in the territorial waters of another state”.


[1] Libya was not party to the 1951 Convention relating to the Status of Refugees or its Protocol but was party to the 1969 Convention governing the Specific Aspects of Refugee Problems in Africa. It also endorsed the 1965 Protocol for the Treatment of Palestinians in Arab States (Casablanca Protocol) but with reservations on its first article guaranteeing the right to work on par with nationals. A 1989 law granted Arab citizens the same rights granted to Libyans. Although the 1969 Constitutional Proclamation prohibited the extradition of "political refugees" and the 1991 Endorsement of Freedom Law offered "shelter for oppressed people and those struggling for freedom," Libya had no law on granting refugee status and the Government claimed there were no political refugees in the country.

Libia es uno de los muchos países africanos con bajos o nulos avances en materia de DD.HH. solicitantes de asilo son generalmente detenidos, a veces por muy largos períodos y en condiciones paupérrimas. Sumado a ello, oficiales de policía y frontera ofrecen malos tratos sin distinguir la necesidad de protección de quienes se arriesgan a cruzar a Libia, terminando muchas veces por la devolución forzada de estas personas.


De esta manera, la propuesta europea de solicitar a Libia su participación en la Convención , así como establecer centros de solicitantes de asilo en el país, es todavía más irresponsable tomando en cuenta de qué país hablamos. “Refugees are the first victims of the ‘fight against immigration’ that our governments are undertaking. While Europe is putting all its efforts in preventing as many people as possible from entering the EU irregularly, persons fleeing persecution around the world are finding it ever harder to reach a safe haven in Europe”, señaló Bjarte Vandvik, de la S.G de ECRE, y añade: “Despite the rhetoric of states recognising the legal right to seek asylum, Europe is not providing refugees with an alternative to dangerous journeys, placing themselves in the hands of smugglers and traffickers in their attempt to reach protection”.

Inicialmente, cuando comenzó el creciente número de migrantes y refugiados cruzando el Mediterráneo tratando de alcanzar costas europeas, los países otorgaron asistencia médica a quienes arribaban en malas condiciones físicas como resultado de la travesía. Al mismo tiempo, se les otorgaba el derecho a ser evaluados de acuerdo a la elegibilidad o no delineada por la Convención de 1951. Sin embargo, en la actualidad quienes arriban a costas europeas son devueltos inmediatamente, o bien puestos en centros de detención de migrantes de bajísimos estándares humanitarios. Incluso existen registros de “ataques” de policías costeras que destruyen las embarcaciones en el mar, ocasionando la muerte de todos sus ocupantes, aludiendo posteriormente a accidentes.

En suma, la propuesta europea respecto a Libia es la de asesorar el establecimiento de un sistema de asilo y centros de tránsito, con lo que se abriría la puerta para un “apoyo” generalizado de la EU a países pobres en estas materias, con lo que, dicho una vez más, Europa endorsa su responsabilidad hacia los países más pobres y débiles en materia de protección. A modo de dato curioso, en 2004 el entonces presidente de la EU señaló: “I assure you that I stand against the setting up of camps outside the Union”.

Conclusiones

Muchas preguntas se plantean en este escenario: ¿Cómo esta iniciativa atiende a lo sancionado por las Convenciones de protección de refugiados y DD.HH?, ¿De qué manera se hará efectiva la protección de aquellos reconocidos como refugiados, para evitar repetir el actual escenario europeo de centros de tránsito llenos de refugiados en espera de instalación? (En Turquía 8000 refugiados reconocidos esperan por reasentamiento, en Alemania cerca de 2000 refugiados iraquíes esperan ser instalados en ciudades alemanas, en Rumania cerca de 600 refugiados sudaneses esperan hace más de 1 año ser reasentados, y así continúan otros casos), ¿Quién financia la implementación de los dispositivos necesarios para este sistema?. Es de esperar que el debate se realice no solo en las instancias regulares de la EU, como el parlamento europeo, sino también acompañado por las plataformas civiles de advocates por el derecho de buscar asilo.

Desplazamientos en masa es el resultado de un conjunto complejo de elementos que incluyen represión de los estados, militares y facciones políticas, guerras y conflictos civiles, cambios ambientales y presiones económicas intensas. El sistema de economía mundial ha convertido a muchas regiones del país en vulnerables política, social y ecológicamente. En países pobres, los sistemas de sobrevivencia como ayudas básicas para comida, alojamiento y seguridad, han sido debilitados seriamente, a veces al punto del colapso y mucho más allá. En estas situaciones cualquier factor local puede ser el detonante para el desplazamiento. Desde aquí, se da por entendido que ninguna persona inicia voluntariamente un viaje largo y peligroso hacia lo desconocido, a destinos inciertos, abandonando sus recursos materiales, sociales, culturales, sus redes y su tierra a menos que se encuentren bajo una extrema inseguridad.

El discurso dominante sobre el refugiado en Europa utiliza la Convención de 1951 para insistir que la mayoría de aquellos que buscan seguridad como consecuencia de tales problemas son ilegítimos: ellos no pueden ser refugiados y deben ser vistos como oportunistas que buscan manipular acuerdos internacionales sobre asilo para lograr sus propios intereses. Esto es inaceptable. Del mismo modo inaceptable, la EU ha tenido a bien señalar, enfática y públicamente, que su deber es salvaguardar el derecho de los solicitantes de asilo africano a buscar asilo, derecho que Libia estaría negando al no contar con un sistema de asilo. Por supuesto, buscar asilo permanece derecho en tanto permanezca dentro de las fronteras africanas.

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